Las nuevas tecnologías: un paso adelante en la documentación jurídica
Rebeca García Palomeque, Rafael Pérez Campos
Documentalista
KPMG Abogadosrgarcia3@kpmg.es, rperez1@kpmg.es
Resumen [Abstract] [Resum]
Resumen
Se pretende mostrar la incidencia que está teniendo el asentamiento de las llamadas nuevas tecnologías de la información y comunicación en el mundo del derecho, presentando los recursos disponibles a través de Internet (páginas web gestionadas por la Administración e iniciativas privadas), junto con los más tradicionales y usados hasta el momento (papel, bases de datos en CD-ROM, etc.). Conocer los recursos disponibles y las herramientas adecuadas para recuperar la información en la Web es una tarea dura pero imprescindible a la que hay que dedicar tiempo y recursos, y es aquí dónde aparece la figura del documentalista como agente mediador entre la información demandada por los profesionales del derecho y la localización de la misma.
1 Introducción
1.1 Objetivos y alcance1
El mundo del derecho tal como lo conocemos en la actualidad es en gran medida un mundo de documentación escrita. Hablar de derecho es, en cierto sentido, hablar de libros y de publicaciones periódicas: boletines oficiales, códigos, repertorios, revistas jurídicas. Así pues podríamos afirmar que el derecho se basa, principalmente, en la creación, almacenamiento, procesamiento y comunicación de la información.
El derecho requiere de un cierto grado de flexibilidad —para adaptarse a los cambios— y de un cierto grado de estabilidad, para no producir inseguridad social. El grado de estabilidad y el grado de fijeza variarán según el tipo de sociedad de que se trate, pero la capacidad y la velocidad de adaptación del derecho a los cambios dependerán en gran medida de los soportes y los medios de comunicación disponibles.
Estos primeros años del presente siglo XXI van a suponer la consolidación del uso de las nuevas tecnologías de la información en todos los ámbitos y, como no, también en el mundo del derecho. Por tanto es prioritaria la concienciación y sensibilización de los profesionales del derecho respecto a la necesidad de introducir y utilizar las nuevas tecnologías de la información en sus hábitos de trabajo, especialmente en lo referente a la captación y reutilización de la información jurídica.
La revolución de las nuevas tecnologías de la información es un hecho indiscutible debido a su capacidad de penetración en todos los ámbitos y aspectos de la sociedad. Internet se ha convertido en una herramienta básica de comunicación y en la fuente de fuentes de información.
Hoy, el volumen de información a nuestro alcance se multiplica de forma exponencial, dejando al descubierto la necesidad de un “filtro” que nos permita obtener únicamente la información relevante que responda de forma exhaustiva a nuestras necesidades informativas. En una era en la que el tiempo es el factor determinante de nuestra sociedad y clave para el mundo empresarial, no se puede concebir la pérdida de tiempo que supone la necesidad de evaluar, organizar, descartar y seleccionar, de entre la enorme cantidad de información disponible, aquella que realmente requerimos.
El ámbito jurídico no queda fuera de esta tendencia, y así, a la par que crece la necesidad de información de abogados, jueces, documentalistas, periodistas, y del ciudadano en general, los medios para conseguirla aumentan. Internet ha posibilitado que la información jurídica sea considerablemente más accesible y que este acceso sea prácticamente inmediato. Internet, a pesar del gran volumen de información que contiene, ha facilitado que ésta sea difundida y accesible (bien gratuitamente o bien pagando), rompiendo las barreras de espacio y tiempo. Este aumento de la accesibilidad a la documentación jurídica ha venido acompañado de un aumento considerable del número de recursos disponibles para el tratamiento de dicha información.
El objetivo de este trabajo es exponer el panorama actual de las fuentes de información jurídicas, y ofrecer una metodología y una serie de herramientas útiles para la labor diaria de los profesionales de este sector: abogados, jueces, documentalistas, periodistas. Para ello presentaremos brevemente los recursos de información tradicionales y más con detalle las nuevas opciones ofrecidas por Internet, como pueden ser los sitios web de la Administración.
1.2 Estructura
Las fuentes de información jurídicas analizadas en el cuerpo del artículo aparecen estructuradas en cuatro grandes bloques: documentación parlamentaria, legislación, jurisprudencia y doctrina. Estos bloques responden a las principales tipologías de documentación jurídica que podemos encontrar en el mundo del derecho.
La elección de esta estructura no responde a motivos aleatorios o subjetivos, sino a la búsqueda de la mayor precisión, claridad y usabilidad de los recursos presentados por parte de los profesionales relacionados con el ámbito jurídico.
La mayoría de las fuentes de información jurídicas abarcan más de un ámbito temático, por lo que la estructura por materias se descartó desde un primer momento. Se evitaron de esta manera los problemas al realizar y presentar el análisis y las repeticiones innecesarias de recursos. Aún así, se han reseñado algunas de las fuentes más destacas en las diferentes disciplinas del derecho.
En cada uno de los bloques presentados, documentación parlamentaria, legislación, jurisprudencia y doctrina, se analizan tanto las principales fuentes de información en soportes tradicionales, como los más novedosos recursos disponibles en Internet.
2 Las fuentes del derecho
Según el Código Civil (artículo 1.1) las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. Establece en el apartado sexto del mismo artículo que “la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho”.
Podemos definir la documentación jurídica como aquella generada en la creación, aplicación, difusión e investigación del derecho. Así pues, dentro de la documentación jurídica hallamos comprendida la documentación legislativa, que emana del poder legislativo y debe cumplir los principios de jerarquía, competencia y publicidad (recogidos en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de la Administración Pública y Procedimiento Administrativo Común, artículos 51 y 52); la documentación judicial, generada por los órganos de la administración de justicia; la documentación parlamentaria, generada en el desarrollo de la actividad parlamentaria (elaboración de normas, proyectos y proposiciones, discusión y aprobación); y por último la documentación de doctrina jurídica, formada por los documentos más tradicionales, como son las monografías, manuales, artículos de revista, tesis y otros trabajos de investigación.
En este aspecto no debemos olvidar que España, como miembro de la Unión Europea, se ve afectada por las Directivas y Reglamentos emanados de la actividad legislativa de la UE y por las sentencias y autos del Tribunal de Justicia de la UE y del Tribunal de Primera Instancia.
3 Las fuentes de información del derecho
En este punto presentaremos diversos recursos que facilitan la localización de la información jurídica. Nos centraremos, principalmente, en aquellos accesibles a través de Internet, pero sin olvidar los más tradicionales como son los recursos en papel y las bases de datos en soporte informático (disquete, CD-ROM, DVD.)
Podemos diferenciar diversos tipos de bases de datos según sea su contenido:
- Bases de datos jurídicas: aquellos conjuntos de documentos jurídicos básicos (legislación, jurisprudencia, interpelaciones parlamentarias y doctrina) almacenados en soportes magnéticos o de cualquier otro material, susceptibles de ser tratados, recuperados y transmitidos de forma total o parcial mediante procedimientos y medios informáticos que, con la aplicación de técnicas derivadas de la utilización de la informática jurídica, pretenden ser utilizados con una finalidad divulgativa pública y generalizada de su contenido.
- Bases de datos legislativas: son aquellas que recogen información obtenida de textos legislativos (normativa nacional, autonómica, local o regional, tratados internacionales, acuerdos de organismos internacionales, legislación comunitaria).
- Bases de datos jurisprudenciales: son aquellas que recogen autos o sentencias elaborados por los diferentes juzgados y tribunales.
- Bases de datos parlamentarias: son aquellas que incorporan información emanada de la actividad parlamentaria.
- Bases de datos doctrinales: son aquellas que recogen, en forma bibliográfica o referencial, la doctrina jurídica elaborada en el país productor de la misma, incluyendo en ciertos casos la de los países de su entorno socioeconómico.
Podemos afirmar, por tanto, que la finalidad de las bases de datos jurídicas es la difusión del ordenamiento jurídico, facilitando un acceso sencillo a las fuentes del derecho a toda persona que lo necesite ofreciendo exhaustividad en los contenidos y un alto grado de seguridad jurídica.
Actualmente, Internet, fuente de fuentes, posibilita la recuperación de cantidades ingentes de información. Tanta cantidad de información a nuestro alcance nos obligará a prestar especial atención a la calidad de la misma, atendiendo a determinados aspectos, tales como el prestigio de los autores, la actualización del contenido, la identificación correcta de los documentos, la publicidad, los enlaces a otras webs, el diseño, las posibilidades de exportación y trabajo, etc. El volumen tan elevado de información que ofrece Internet implica en muchas ocasiones la recuperación de información irrelevante (ruido), que deberemos evitar manejando las diferentes herramientas disponibles y aplicando las técnicas de búsquedas más pertinentes, para a su vez impedir el silencio informativo (la no recuperación de la información más adecuada a nuestras demandas).
3.1 Recursos generales
3.1.1 Obras de referencia
Entendemos por obra de referencia aquélla apropiada —por sus objetivos, plan, ordenación y forma de tratar los temas— para la consulta con fines de información, o la que remite a otras obras para conocer o ampliar un tema dado. Tendríamos así, por un lado, enciclopedias, diccionarios, anuarios, etc. que informan por sí mismas, y por otro, las bibliografías que remiten a otras obras.
A continuación presentamos una muestra de las diferentes obras de referencia en el mundo del derecho.
3.1.1.1 Diccionarios
- Fundación Tomás Moro [coordinació] (1991). Diccionario jurídico Espasa. Madrid: Espasa-Calpe [etc.].
- Ribó Durán, Luis (1998). Diccionario de derecho empresarial: con los conceptos económicos complementarios. Barcelona: Bosch.
- Ramos Bossini, Francisco (1997). Diccionario de términos jurídicos: inglés—español, español—inglés. Granada: Comares.
- Diccionario económico—jurídico francés—español (1999). Cuenca: Servicio de Publicaciones de la Universidad de Castilla - La Mancha.
- Everybody's Legal Dictionary. <http://www.nolo.com/lawcenter/dictionary/wordindex.cfm>
- Eurodicautom. <http://europa.eu.int/eurodicautom/Controller>. Recurso que ofrece la posibilidad de consultar la terminología específica de la Unión Europea en diferentes áreas, en todas y cada una de las lenguas de la UE. Existe la opción “Law, Legislation and Jurisprudence”, que recoge el vocabulario del ámbito del derecho.
- Findlaw. <http://dictionary.lp.findlaw.com/>. Diccionario de términos jurídicos en inglés de EE.UU. que además de la explicación del término ofrece notas explicativas y en ocasiones el caso del que se toma el término o expresión, p.e.: “rule in Shelley's case”.
- Duhaime's Law Dictionary. <http://www.duhaime.org/diction.htm>.
- International Law Directory & Directory. <http://august1.com/pubs/dict/index.shtml>.
- Diccionario Universal de Términos Parlamentarios. <http://www.cddhcu.gob.mx/bibliot/publica/otras/diccjur/diccion.htm>.
3.1.1.2 Enciclopèdies
- Enciclopedia jurídica básica. Madrid: Civitas, 1994.
- Enciclopedia del diritto. Milano: A. Giuffrè, 1997.
- Nueva enciclopedia jurídica (1950). Barcelona: Francisco Seix.
- Legal Encyclopedia & Law Dictionary. <http://www.lectlaw.com/ref.html>.
- The Ciberlaw Encyclopedia. <http://www.gahtan.com/cyberlaw/>.
3.1.1.3 Directorios de recursos: portales
- Portal Derecho.com. <http://www.derecho.com>. Derecho.com es una empresa que ofrece contenidos y servicios legales de calidad a través de Internet. Derecho.com se ha consolidado como la empresa líder en la prestación de servicios legales y provisión de contenidos jurídicos, para pymes, profesionales y residenciales, a través de Internet en España. Actualmente es proveedora de portales de empresas como Telefónica Páginas Amarillas, Uni2, Airtel, “la Caixa”, Infojobs.net, Monster.es, Logismarket, e-difica.es, EspacioPyme, o Acens entre otras empresas.
- Portal Todalaley.com. <http://www.todalaley.com/>. Portal que recoge la legislación actual, tanto estatal como autonómica, formularios administrativos y procesales, modelos de contratos y guías civiles, mercantiles y laborales, y que permite su consulta de forma totalmente gratuita. Algunos de sus contenidos, como son los boletines oficiales, requieren de un abono para su consulta.
- Portal Jurisweb. <http://www.jurisweb.com/index.htm>.
- Portal Iurislex. <http://www.iurislex.org/cgi-bin/motorcat.cgi?=0007>.
- Portal Vlex. <http://v2.vlex.com/es/site/default.aspe>. VLex es una editorial jurídica que ofrece sus productos y servicios en Internet. Su principal ventaja ante las demás editoriales jurídicas es que aprovecha la inmediatez que les ofrece el medio y proporciona la información actualizada al día.
3.1.1 Listas de distribución
- RedIRIS. Aloja más de 25 listas relacionadas con el ámbito jurídico que pueden ser un gran recurso de información. <http://www.rediris.es/list/select-iris.phtml?string=derecho>.
3.2 Documentación parlamentaria
La Constitución de 1978, enlazando con una larga tradición parlamentaria inaugurada en 1834, ha establecido en España un sistema bicameral, en virtud del cual las Cortes Generales están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado, a quienes corresponde, según el artículo 66, las funciones de ejercer la potestad legislativa del Estado, aprobar sus presupuestos, controlar la acción del Gobierno y las demás competencias que les atribuya la Constitución.
Por este motivo es importante conocer los recursos documentales que nos permitan recuperar la información generada previa a la publicación de las normas en el BOE.
Congreso y Senado editan en papel el Boletín oficial de las Cortes Generales y el Diario de Sesiones propio, también disponible en CD-ROM y actualmente a través de Internet (<http://www.congreso.es> y <http://www.senado.es>) se tiene acceso a toda la tramitación parlamentaria de las iniciativas legislativas. Senado y Congreso ponen a disposición de los usuarios externos una serie de bases de datos que permiten conocer la información sobre el seguimiento de la actividad parlamentaria del Senado (GELABERT), legislación de las Comunidades Autónomas y jurisprudencia del Tribunal Constitucional (T.C.) relacionada con las Comunidades Autónomas (CALEX), referencias a la actividad parlamentaria en las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas (ALCA), iniciativas parlamentarias y otros expedientes tramitados en el Congreso de los Diputados,intervenciones de los diputados y otros oradores en las Comisiones, Pleno y Diputación Permanente del Congreso, así como en Comisiones Mixtas (ARGO).
Alguna base de datos comercial, como es el caso de Westlaw de Aranzadi, ofrece la posibilidad de consultar el texto de las iniciativas legislativas de la presente legislatura.
3.3 Legislación
La búsqueda de información legislativa está marcada por la necesidad de consultar sus fuentes primarias de información: los boletines oficiales. Estas fuentes de información primaria nos garantizan que el texto que estamos consultando es el oficial, el fidedigno, y no ha sido adulterado por ninguna editorial comercial. La información legislativa también nos impone la necesidad de asegurarnos de que los textos obtenidos y que estamos consultando están actualizados o son una versión consolidada de la norma.
Otra de las fuentes de información legislativa a la que habitualmente se ha recurrido son los repertorios cronológicos de legislación. Estas obras, como su propio nombre indica, recopilan cronológicamente toda la normativa publicada en los boletines oficiales. Los repertorios permiten la consulta y localización de los diferentes textos legales a través de la fecha de publicación y a través de los diferentes índices, casi siempre alfabéticos y sistemáticos.
Uno de los repertorios con más prestigio en el mundo del derecho es el Repertorio cronològico de legislación d'Aranzadi. Editado desde 1930, recoge más de 164.000 disposiciones a texto íntegro del BOE (todas las publicadas en el Apartado I de Disposiciones Generales, y una selección de las disposiciones publicadas en el Apartado III), así como de otros boletines especiales: reseñas de convocatorias de becas, subvenciones, convenios colectivos y disposiciones sobre empresas privadas.
La incorporación de las nuevas tecnologías al mundo del derecho ha posibilitado nuevas formas de acceso a los boletines oficiales, que hasta hace unos años tan sólo eran consultables en su versión en papel. Más tarde llegaron los CD-ROMs, los DVD, y por último las ediciones a través de Internet.
Previamente a la consulta de cualquier texto normativo a través de Internet debemos observar si se indica si el texto contenido en dichas páginas se considera auténtico o no, o si únicamente lo son las publicaciones en papel. Por ejemplo en el Boletín oficial de la Junta de Andalucía encontramos este mensaje: “De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 4 del Reglamento del Boletín oficial de la Junta de Andalucía, sólo lo publicado en dicho Boletín ostenta la consideración de auténtico”.
3.3.1 Legislación nacional
3.3.1.1 Boletines oficiales nacionales
“El Boletín oficial del Estado, diario oficial del Estado, es el órgano de publicación de las Leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria. En España, el Boletín oficial del Estado contiene además las Leyes producidas en el seno de las Cortes Generales, las disposiciones emanadas del Gobierno de la Nación, las disposiciones generales de las Comunidades Autónomas, con independencia de que éstas se publiquen asimismo en los Diarios Oficiales de la propia Autonomía. El texto de las disposiciones, resoluciones y actos publicados en el Boletín tiene la consideración de oficial y auténtico; por su parte, el texto de las normas emanadas de las Comunidades Autónomas tendrá el carácter que le atribuya el respectivo Estatuto de Autonomía.”2
Para la consulta del BOE podemos dirigirnos al formato en papel, a la base de datos en CD-ROM o a las bases de datos Iberlex (legislación nacional), <http://www.boe.es/suscrip/iberlexinfo.htm>, Iberlex—UE (legislación europea) <http://www.boe.es/suscrip/iberlexueinfo.htm>, Personal (resoluciones sobre el personal de la Administración) <http://www.boe.es/suscrip/personalinfo.htm>, Indilex (sección “Otras disposiciones del BOE”) <http://www.boe.es/suscrip/indilexinfo.htm> y Publiboe (subastas y concursos de obras y servicios) <http://www.boe.es/suscrip/publiboeinfo.htm>. Todos estos recursos son de acceso restringido bajo suscripción, o consultables en bibliotecas y/o centros de documentación especializados.
Para la consulta gratuita del boletín sin duda la página a visitar es la oficial del BOE <http://www.boe.es>, y su base de datos Indiboe, que permite la consulta de los sumarios del BOE desde 1995, y el texto completo desde 1999. También existen otras páginas que nos permiten el acceso al BOE, como por ejemplo la de la Universidad de Oviedo <http://www.etsimo.uniovi.es/boe/>, que ofrece el sumario desde enero de 1995 y el texto completo desde enero de 1999. Esta página de la Universidad de Oviedo aporta una ventaja con respecto al BOE, pues permite descargar los documentos en un solo fichero. En la página del BOE la única opción de descarga es página a página, con la consiguiente pérdida de tiempo para el usuario. Asimismo, el Centro de Documentación Europea de la Universidad de Alicante ofrece el texto completo desde 1999 <http://www.cde.ua.es/boe/>.
3.3.1.2 Boletines oficiales autonómicos3
Cada comunidad autónoma y las dos ciudades con estatuto de autonomía (Ceuta y Melilla) tienen su normativa presente en la red, si bien las fechas de consulta de los textos son muy diferentes. Por ejemplo, se pueden consultar los sumarios y el texto completo del Boletín oficial de Canarias desde 1980 o el Boletín oficial de la ciudad de Ceuta, en formato TIFF, desde noviembre de 1926.
- Boletín oficial de la Junta de Andalucía. <http://www.andaluciajunta.es/BOJA>.
- Boletín oficial de Aragón. <http://portal.aragob.es/servlet/page?_pageid=1636,585&_dad=portal30&_schema=PORTAL30&cuerpo.est=ITPG_PRI_IBOA>.
- Boletín oficial del Principado de Asturias. En estos momentos la página está siendo modificada, pero podemos acceder al contenido del boletín a través de la Universidad de Oviedo. <http://www6.uniovi.es/bopa/>.
- Boletín oficial de Canarias. <http://www.gobcan.es/boc/>.
- Boletín oficial de Cantabria. <http://www.gobcantabria.es/boc/contenido/asp/sumarios.asp?Mes=0&Anio=0>.
- Diario oficial de Castilla - La Mancha. <http://www.jccm.es/docm/ultimo/indice.htm>.
- Boletín oficial de Castilla y León. <http://bocyl.jcyl.es/>.
- Boletín oficial de la ciudad de Ceuta. <http://www.ciceuta.es/inicio.htm>.
- Butlletí oficial de Illes Balears. <http://boib.caib.es/>.
- Boletín oficial de La Rioja. <http://www.larioja.org:81/pls/dad_user/g0.sac_sch?p_opcion=g04.bor_home>.
- Boletín oficial de la Comunidad de Madrid. <http://www.comadrid.es/bocm/>.
- Boletín oficial de Melilla. <http://www.camelilla.es/portal/bome/index.jsp>.
- Boletín oficial de la región de Murcia. <http://www.carm.es/borm/>.
- Boletín oficial de Navarra. <http://www.cfnavarra.es/bon/bonidx.htm>.
- Boletín oficial del País Vasco. <http://www.euskadi.net/cgi-bin_k54/bopv_00?C>
- Diario oficial de Extremadura. <http://www.juntaex.es/>.
- Diario oficial de Galicia. <http://www.xunta.es/Dog/Dog.nsf>.
- Diari oficial de la Generalitat de Catalunya. <http://www.gencat.net/diari>.
- Diari oficial de la Generalitat Valenciana. <http://www.pre.gva.es/dogvweb/cindex.htm>.
3.3.1.3 Boletines oficiales provinciales4
En el ámbito provincial la consulta legislativa es más complicada, pues son tan sólo 25 las provincias que tienen su boletín en la red. El Boletín oficial de Bizkaia es el que nos ofrece los textos más antiguos, desde enero de 1994, en formatoPDF.
- Boletín oficial de Bizkaia. <http://web.bizkaia.net/lehendakaritza/Bao_bob/ca_bao.htm>.
- Boletín oficial del territorio histórico de Álava. <http://web.alava.net/nbotha/interbotha.asp>.
- Boletín oficial de la provincia de A Coruña. <http://www.dicoruna.es/bop/>.
- Boletín oficial de la provincia de Albacete. <http://www.dipualba.es/bop/>.
- Butlletí oficial de la província d'Alacant. <http://www.dip-alicante.es/bop/>.
- Boletín oficial de la provincia de Almería. <http://www.dipalme.org/servicios/bop.nsf/bop?searchview&query=(Field+fbop_fechanumero=20020506)&start=1&count=60&tipo=0>.
- Boletín oficial de la provincia de Badajoz. <http://www.dip-badajoz.es/bop/index.html>.
- Butlletí oficial de la província de Barcelona. <http://bop.diba.es/>.
- Boletín oficial de la provincia de Cáceres. <http://www.dip-caceres.es/00dip/>.
- Boletín oficial de la provincia de Ciudad Real. <http://www.dipucr.es/bop.htm.
- Boletín oficial de la provincia de Córdoba. <http://www.eprinsa.es/bop/>.
- Boletín oficial de la provincia de Cuenca. <http://www.dipucuenca.es/dipucuenca/bop/index.htm>.
- Boletín oficial de la provincia de Guipúzcoa. <http://www.gipuzkoa.net/castell/bog/boletin.htm>.
- Butlletí oficial de la província de Girona. <http://muga.ddgi.es/diputacio/web/intro2.html>.
- Boletín oficial de la provincia de Jaén. <http://www.promojaen.es/dipujaen/bop/index.htm>.
- Butlletí oficial de la provincia de Lleida. <http://www.diputaciolleida.net/bop/>.
- Boletín oficial de la provincia de Málaga. <http://www.bopmalaga.org>.
- Boletín oficial de la provincia de Orense. <http://www.inorde.com/inorde.asp?pagina=bop.htm>.
- Boletín oficial de la provincia de Sevilla. <http://www.dipusevilla.es/frames.htm>.
- Butlletí oficial de la provincia de Tarragona. <http://www.altanet.org/bop-bin/consulta.cgi>.
- Boletín oficial de la provincia de Teruel. <http://www.dpteruel.es/boletines.htm>.
- Boletín oficial de la provincia de Toledo. <http://www.diputoledo.es/bop/>.
- Butlletí oficial de la provincia de València. <http://www.dva.gva.es/diputacion.asp?BOP>.
- Boletín oficial de la provincia de Zaragoza. <http://bop.dpz.es/>.
3.3.1.4 Repertorios
- Aranzadi/Westlaw. Westlaw®ES es el nuevo servicio jurídico online de Editorial Aranzadi, que ofrece la legislación del estado referenciada desde 1930 y a texto completo desde 1978, una selección de normas relevantes a texto vigente, la legislación de las comunidades autónomas desde su aparición y una selección de iniciativas legislativas. <http://www.westlaw.es/indexExp.html>.
- La Ley: la base de datos de legislación editada por La Ley incorpora disposiciones estatales y autonómicas en su texto refundido y actualizado.
- El Derecho: la base de datos de legislación de la editorial El Derecho, seleccionada por el Consejo General del Poder Judicial para su utilización por todos los jueces y magistrados de España, contempla: todas las disposiciones legales publicadas en la sección I del Boletín oficial del Estado y una selección de las de carácter general de su sección III, así como todas las leyes y los decretos legislativos de las Comunidades Autónomas desde la creación de cada una de ellas.
3.3.2 Legislación internacional
3.3.2.1 Unión Europea: el Diario oficial de la Unión Europea (DOUE)
Al igual que la búsqueda de información legislativa de ámbito estatal, provincial o autonómico, la búsqueda de información legislativa de la Unión Europea está determinada por la necesidad de consultar sus fuentes primarias de información, en este caso el Diario oficial de la Unión Europea (DOUE). Esta fuente de información primaria, al igual que los boletines oficiales nacionales, autonómicos y provinciales, garantiza que el texto que estamos consultando es el oficial, original y fidedigno, y que no ha sido modificado. Al igual que la restante información legislativa, la de ámbito europeo también está marcada por la necesidad de cerciorarnos de que los textos obtenidos y que estamos consultando están actualizados o son una versión consolidada de la norma.
La incorporación de las nuevas tecnologías al mundo del derecho ha hecho posible que, al igual que los demás boletines oficiales, el DOUE esté consultable en diversos formatos como el papel, el CD-ROM y a través de Internet.
El acceso a los documentos de la UE a través del web, al igual que hemos visto para los boletines españoles, tiene recogidas unas cláusulas de exención de responsabilidad (“únicamente se consideran autènticos los textos legales de la Unión Europea publicados en las ediciones impresas del Diario oficial de la Unión Europea”) y de derechos de autor (“Ni las instituciones europeas ni cualquier persona que actue en su nombre pueden ser consideradas responsables del uso que pueda hacerse de la información contenida en este sitio Web”). Es posible consultar el DOUE a texto completo desde enero de 1998 en español <http://europa.eu.int/eur-lex/es/oj/index.html>
3.3.2.2 Unión Europea: repertorios
- Eurlex. <http://europa.eu.int/eur-lex/es/index.html>.
- Celex. <http://europa.eu.int/celex/htm/celex_es.htm>. Bajo suscripción.
- European Union Internet Resources. $lt;http://www.lib.berkeley.edu/GSSI/eu.html>.
- Westlaw. Novedad editorial de última generación que ofrece una exhaustiva selección de las disposiciones comunitarias publicadas desde 1952 hasta la actualidad; recoge disposiciones del Diario oficial de la Unión Europea de las series L y C, así como documentos COM. Incluye también los actos preparatorios desde 2001.
3.3.2.3 Otros países
- Austria <http://www.ris.bka.gv.drec/>.
- Dinamarca <http://www.jm.dk/wimpdoc.aspe?page=dept&objno=44803>.
- Francia <http://www.legifrance.gouv.fr/>.
- Finlandia <http://www.om.fi/>.
- Grecia <http://www.parliament.gr/>.
- Irlanda <http://www.justice.ie/80256976002CB7A4/vWeb/fsWMAK4Q7JKY/>.
- Italia <http://www.giustizia.it/>.
- Luxemburgo <http://www.etat.lu/SCL/>.
- Países Bajos <http://www.minjust.nl/>.
- Reino Unido <http://www.open.gov.uk/Home/Homepage/fs/en>.
- Estados Unidos de America <http://www.loc.gov>.
3.4 Jurisprudencia
En este punto hay que resaltar que al tratar el acceso a las resoluciones judiciales se deben tener en cuenta dos aspectos importantes: el principio de publicidad de las resoluciones judiciales, recogido en el artículo 24 de la Constitución de 1978, como garantía de la tutela judicial efectiva; y la privacidad de los datos personales. En ese mismo sentido, en el título III de la LOPJ (Ley orgánica del Poder Judicial, 6/1985 de 1 de julio) tenemos definidos los principios generales de la publicidad y forma de la documentación judicial.
3.4.1 Nacional
3.4.1.1 Tribunales
Las fuentes de información jurisprudenciales que nos han permitido la consulta de sentencias han sido principalmente la prensa especializada y varios repertorios de jurisprudencia, editados por firmas comerciales del mundo del derecho. Uno de los repertorios de más prestigio es el Repertorio de Jurisprudencia Aranzadi.
El Repertorio de Jurisprudencia Aranzadi, editado desde 1929, recoge la totalidad de las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo y una selección de sus autos, y la totalidad de las resoluciones dictadas por los tribunales superiores de justicia (en materia civil foral) y por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN).
Con la llegada de las nuevas tecnologías fueron apareciendo nuevos productos comerciales en soportes informáticos, CD-ROM y DVD, de los que cabe destacar las bases de datos editadas por el Centro de Estudios Financieros: Normacef fiscal y Normacef social, que aparecían en el mercado como complemento a las revistas especializadas que editaban hasta ese momento. Tanto las bases de datos como las revistas Revista práctica del derecho, Contabilidad y tributación son obras clave del derecho español.
La consulta de jurisprudencia a través de repertorios o de prensa especializada comporta una limitación en la actualización de los centros y profesionales, puesto que el tiempo que transcurre entre el dictamen de la sentencia y la publicación es bastante dilatado. Desafortunadamente las nuevas tecnologías no nos han podido ayudar en la medida que cabía esperar. La consulta on-line de los tribunales españoles es muy limitada, si bien el más importante de ellos, el Tribunal Constitucional, nos ofrece sentencias y autos desde 1998. Al igual que ocurría con los textos legislativos se debe tener en cuenta la validez de los textos consultados, en el Constitucional se nos advierte que el “texto impreso prevalece en caso de divergencia con la versión electrónica.”
- Tribunal Constitucional <http://www.tribunalconstitucional.es>. Las sentencias del TC se publican en el Boletín oficial del Estado en suplemento aparte <http://www.boe.es/cgi-bin/sumarios-tc> (arts. 164.1 de la Constitución y 86.2 de su Ley Orgánica); y se recogen también, junto a los autos, en la recopilación Jurisprudencia constitucional, editada conjuntamente por el TC y el BOE (art. 99.2 LOTC). En esta página se pueden consultar las sentencias a texto íntegro desde el año 2000. Para sentencias y autos desde 1980 se remite a la página web de consulta de la base de datos de jurisprudencia del TC <http://www.boe.es/tc/>.
- Poder judicial <http://www.poderjudicial.es>. El portal web del Poder judicial alberga las páginas del Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Supremo y recoge información relevante de todos juzgados y tribunales de España. La página del Consejo General del Poder Judicial permite conocer la organización judicial del Estado y localizar los diferentes organismos que la componen (directorio de juzgados de España). La página del Tribunal Supremo ofrece la posibilidad de consultar su base de datos de jurisprudencia, donde podremos visualizar los autos y sentencias a texto completo, el catálogo de la Red de Bibliotecas Judiciales, publicaciones del Tribunal Supremo y otros documentos de interés.
- Tribunal de Cuentas <http://www.tcu.es/>. El artículo 136 de la Constitución española instituye al Tribunal de Cuentas como supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público. Son funciones del Tribunal de Cuentas la fiscalización de la actividad económico-financiera del sector público y el enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de bienes, caudales o efectos públicos. Tiene atribuidas, por tanto, dos funciones: fiscalizadora y jurisdiccional. Desde su página web podemos consultar su historia, funciones, organización, la participación internacional del Tribunal de Cuentas y una amplia selección de enlaces con los tribunales de cuentas de los países europeos y algunos americanos, y enlaces con otros órganos nacionales responsables de cuentas.
- Tribunal de Defensa de la Competencia <http://www.mineco.es/tdc/tdc.htm>. La página del Tribunal de Defensa de la Competencia nos ofrece una recopilación de legislación relacionada con su ámbito y ofrece la posibilidad de consultar a texto completo las resoluciones del Tribunal.
3.4.1.2 Repertorios
- Aranzadi/Westlaw. La sección de jurisprudencia contempla la jurisprudencia del Tribunal Supremo desde 1979, además de una selección de sentencias de la Sala Primera desde 1930 hasta 1978. Incluye la jurisprudencia del Tribunal Constitucional desde 1980, una selección de sentencias de la Dirección General de Registros y del Notariado dictadas desde 1930 hasta 1991, las resoluciones de la Dirección General de Registros desde 1979, además de una selección de 1930 a 1978, la jurisprudencia de los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales y Audiencia Nacional (todas las sentencias a partir del 2001) así como artículos doctrinales y más de 20.000 referencias bibliográficas.
- La Ley. La base de datos de jurisprudencia (consultable on-line) ofrece todas las sentencias del Tribunal Supremo (TS), Tribunal Constitucional (TC) y todas las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN). Además contiene una amplísima selección de las sentencias más relevantes de: la Audiencia Nacional (AN), todas las Audiencias Provinciales (AP), todos los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ), Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), Tribunales Económico Administrativos Regionales (TEAR), Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE). Ofrece el texto completo de todas las sentencias publicadas desde 1980 por la revista jurídica La Ley e incluye, a partir de 1986, el texto completo de todas las sentencias del Tribunal Supremo.
- El Derecho. La base de datos de jurisprudencia (en DVD) contempla: la parte dispositiva de las resoluciones del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional con trascendencia para la normativa, la normativa de la Unión Europea desde el año 1986, todas las sentencias del Tribunal Constitucional, todas las sentencias del Tribunal Supremo desde 1986, una selección de autos y sentencias de todas las audiencias provinciales, todas las resoluciones de los tribunales superiores de justicia correspondientes a sus salas de lo civil y penal, y una selección de los autos y sentencias de sus salas de lo contencioso administrativo y de lo social. Ofrece todas las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, todas las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas desde 1995, y todas las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado desde 1950.
3.4.2 Internacional
Las limitaciones para la consulta de esta información están definidas por el idioma. El inglés y el francés son los idiomas de trabajo de los tribunales internacionales como son el de Derechos Humanos o el Penal Internacional. Para jurisprudencia comunitaria no encontramos limitaciones idiomáticas, pero si tenemos la necesidad de consultar una sentencia de tribunal constitucional federal alemán <http://www.bundesverfassungsgericht.de/>, necesitaríamos sin duda un traductor oficial.
- Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. <http://curia.eu.int/es/index.htm>.
- Cour Européenne des Droits de l'Homme. <http://www.echr.coe.int/>.
- Biblioteca Europea (UCM). <http://www.ucm.es/BUCM/be/legis/>.
- Centro de Documentación Europea. <http://www.esade.es/cde/esp/index.html>.
- International Court of Justice. <http://www.icj-cij.org/>
- International Criminal Tribunal for the former Yugoslavia. <http://www.un.org/icty/>.
- Lexadin. The World Law Guide Courts / Cases. <http://www.lexadin.nl/wlg/courts/nofr/courts.htm>.
- Corte Interamericana de Derechos Humanos. <http://www1.umn.edu/humanrts/iachr/iachr-sp.html>.
3.6 Doctrina
La doctrina jurídica está formada por los documentos más tradicionales, como son las monografías, manuales, artículos de revista, tesis y otros trabajos de investigación.
Las nuevas tecnologías han posibilitado el acceso a un amplio abanico de recursos de información doctrinal, recursos que nos permiten tanto la localización de artículos doctrinales como la localización de materiales bibliográficos.
Recursos para la localización de artículos doctrinales:
- Compludoc: base de datos de artículos de revistas. <http://www.ucm.es/BUCM/complu/frame.htm>.
- Consorci de Biblioteques Universitàries de Catalunya. Base de datos de sumarios. <http://sumaris.cbuc.es/cercador.html>.
- Prisma - Biblioteca de ESADE. <http://www.esade.es/biblio/prisma.htm>.
- Servicio de Estudios de “La Caixa”. <http://www.estudis.lacaixa.comunicacions.com/webes/estudis.nsf/wurl/sehomecos_cat>.
Recursos para la localización de documentos bibliográficos doctrinales:
- Biblioteca del Congreso de los Diputados. <http://congrés.absysnet.com/cgi-bin/abwebc/G0>.
3.6 Materias
Las materias en las que actualmente está diversificado el derecho son muchas, por lo que en el artículo hacemos mención de algunos recursos disponibles en la red de las materias consideradas más importantes (fiscal o laboral) o más novedosas (medio ambiente o derecho de las telecomunicaciones).5
3.6.1 Fiscal
El aspecto fiscal-tributario es uno de los más importantes, ya que está presente en todos los ámbitos de nuestro día a día, desde la compra de un libro (sujeto a IVA) a la tramitación de una herencia (sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) o la amortización de los equipos informáticos de cualquier institución, ya sea pública o privada (Impuesto sobre Sociedades). Es por ello que el número de recursos existentes, tanto informatizados como tradicionales, supera en número a los existentes en otras materias. Una muestra de los más significativos son:
- Dirección General de Tributos (DGT). <http://www.minhac.es/tributos/>. El principal valor de esta página es la posibilidad de encontrar todas las contestaciones a consultas hechas a la DGT en el período 01/01/97 a 28/02/03 (fecha que se va ampliando regularmente), a través de 6 campos de búsqueda. Ninguna base de datos en el mercado recoge todas las consultas de la DGT, de ahí su valor. Por otro lado, ofrece una selección de la legislación más relevante en materia tributaria, así como los convenios de doble imposición firmados por España. Como novedad podemos encontrar bajo el epígrafe “doctrina tributaria” un libro electrónico: Libro electrónico de doctrina del IRPF.
- Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT) <http://www.aeat.es>. Recurso de gran importancia también pues recoge legislación, doctrina, resoluciones, calendarios para el contribuyente, modelos y formularios, información sobre la normativa de las distintas comunidades autónomas en materia de impuestos cedidos, así como enlaces a sus páginas web.
- Legislación del Ministerio de Economía. <http://portal.minhac.es/Minhac/Temas/Legislación/default.htm>.
- Asociación Española de Asesores Fiscales. <http://www.aedaf.es/>.
- Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. <http://www.icac.meh.es/>.
- Recopilación de legislación fiscal — Cuatrecasas. <http://www.cuatrecasas.com/cast/eu26i_e.htm>.
- Fiscalité Européenne. <http://www.fontaneau.com/>.
- OCDE (Tax). <http://www1.oecd.org/daf/fa/first_en.htm>.
3.6.2 Laboral
Por supuesto el derecho del trabajo conforma otro de los pilares básicos de nuestro ordenamiento jurídico. En la actualidad ha cobrado una mayor relevancia debido a una serie de despidos por uso indebido del e-mail en el puesto de trabajo. Un claro ejemplo es la sentencia del TSJ de Madrid de 4/12/01 o la sentencia del TSJ de Cataluña de 14/11/00.
- Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. <http://www.mtas.es/>. El portal del MTAS ofrece una gran variedad de información. Se puede consultar, entre otras, la legislación estatal, autonómica y comunitaria en materia de acción social y servicios sociales, publicada en los respectivos boletines oficiales desde julio de 2001. También se pueden consultar y descargar (en formato PDF) los modelos de los diferentes tipos de contratos. Cabe destacar el apartado del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo que además de la legislación sobre prevención de riesgos laborales, estadísticas y organizaciones, dispone de un pequeño tesauro sobre la materia en español e inglés. Como salvedad, reseñar que el buscador del MTAS es bastante limitado, pues sólo permite realizar búsquedas en un determinado apartado de este portal, por ejemplo, en “Biblioteca y publicaciones” o en “Estadísticas laborales”, etc.; además las instrucciones de búsqueda e iconos están en inglés. <http://www.mtas.es/search>.
- Instituto Nacional de Empleo (INEM). <http://www.inem.es/>.
- Organitzación Internacional del Trabajo. <http://www.ilo.org/public/spanish/support/lib/dblist.htm>
- Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. <http://europe.osha.eu.int/index.php?lang=es>. página muy completa gestionada por la UE que pretende proporcionar a los organismos comunitarios, a los estados miembros y a los medios interesados toda la información técnica, científica y económica útil en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo (se puede consultar en cualquiera de las 11 lenguas oficiales de la UE). Legislación, guías técnicas, estadísticas son algunos de los contenidos más relevantes que ofrece este sitio web, además de la posibilidad de recibir a través del correo electrónico un boletín de noticias.
- International Labour Organitzation. Administrative Tribunal. <http://www.ilo.org/public/english/tribunal/>.
Dentro del ámbito laboral es igualmente necesario destacar los recursos referentes a los convenios colectivos, información de obligada consulta en el entorno laboralista.
- Convenios colectivos estatales. <http://www.mtas.es/empleo/convenios/inicio.htm>. El Ministerio ofrece la posibilidad de consultar a texto completo todos aquellos convenios colectivos de ámbito estatal.
- Convenios colectivos. <http://www.ciss.es/cnv/busquedacc.html>.
- Convenios colectivos. <http://www.derecho.com>. Derecho.com da acceso al texto de todos los Convenios Colectivos de ámbito nacional publicados en el Boletín oficial del Estado a partir del 4 de septiembre de 2000.
- <http://www.lexnova.es/>. La Base de datos consta de: convenios colectivos sectoriales: más de 1.800 convenios a texto completo y las prórrogas, revisiones, etc., derivadas de ellos; y convenios colectivos de empresa: contenido íntegro de los más de 5.000 convenios colectivos de empresa, publicados desde el 1 de enero de 1999, en formato PDF. Para la consulta de éstos es necesaria la suscripción.
3.6.3 Medio ambiente
La concienciación social de la problemática medioambiental cada vez está más extendida. La concienciación ciudadana ha sido posible gracias a las medidas adoptadas por la administración para su protección, como la imposición de tasas en el caso balear (Ley del Parlamento de las Illes Balears 7/2001, de 23 de abril, del impuesto sobre las estancias en empresas turísticas de alojamiento, en BOE, núm. 125, de 25 de mayo de 2001, p. 18338), o la carga de sanciones económicas; y gracias a la creación de gran número de recursos informativos que han posibilitado el conocimiento de la materia.
- Ministerio de Medio Ambiente. <http://www.mma.es/>. Ofrece información legislativa (estatal, autonómica y comunitaria, organizada por materias) y jurisprudencial (TJCE, TEDH, TC y TS). Se puede consultar a través de índice cronológico o analítico, y por áreas (calidad ambiental, costas, parques naturales, etc.).
- Departamento de Medio Ambiente de la Generalitat de Catalunya. <http://mediambient.gencat.net/cat/inici.jsp>. El portal del Departamento de Medio Ambiente de la Generalitat de Catalunya ofrece la posibilidad de consultar la legislación ambiental, organizada por ámbito de aplicación y por materia, estadísticas medioambientales, actividades y memorias del departamento, ayudas. Permite conocer las publicaciones del departamento y acceder a aquellas de difusión gratuita. El portal permite acceder a las diferentes páginas de entidades relacionadas con el medio ambiente, como pueden ser: Centre de la Propietat Forestal, Centre per a l'Empresa i el Medi Ambient, Agència Catalana de l'Aigua, etc.
- European Environmental Law Homepage. <http://www.eel.nl/>. Interesante recurso que ofrece, en inglés, legislación y jurisprudencia de la Unión Europea, así como artículos que analizan en profundidad los temas más relevantes.
3.6.4 Telecomunicaciones
- Jurisweb - Legislación de Telecomunicaciones. <http://www.jurisweb.com/legislacion/telecomunicaciones/>
- Comisión del Mercado de Telecomunicaciones - Centro de Información. <http://www.cmt.es/cmt/centro_info/legislacion/>.
- Ministerio de Ciencia y Tecnología. <http://www.mcyt.es/>. El portal del Ministerio ofrece la posibilidad de consultar las becas, ayudas y subvenciones que ofrece, así como la legislación, los diferentes indicadores y estadísticas relacionadas con todos los ámbitos tratados por el Ministerio. El portal permite la consulta del catálogo de su centro de documentación y el boletín bibliográfico mensual que publica con las principales novedades de la biblioteca.
- Instituto Aragonés de Fomento. <http://www.iaf.es>. Dentro del apartado “Información sectorial”, se recogen bajo el epígrafe “Medio ambiente” un amplio repertorio de links organizados de forma clara y sencilla, que permite conocer desde la legislación a las empresas del sector o las ferias españolas más importantes.
4 Algunas reflexiones finales
La organización judicial ha sido desde antiguo una organización caracterizada por ser un modelo decimonónico y autárquico, donde cada juzgado iba por libre. Pero las nuevas tecnologías han ayudado a aumentar el acceso a la información y han posibilitado el intercambio de información, criterios y conocimientos, permitiendo la modificación de esta situación. Así ya se recoge en el artículo 230.5 de la LOPJ (Ley Orgánica del Poder Judicial) que el Consejo General del Poder Judicial tiene las competencias para garantizar la compatibilidad de los sistemas informáticos. Aún así, el trabajo desarrollado no es suficiente y el camino a recorrer hasta llegar al ideal del juzgado virtual con comunicación entre los distintos órganos y con los organismos colaboradores es largo.
La información jurídica está caracterizada por la variabilidad, el dinamismo y el cambio constante, por lo que es necesario acudir siempre a fuentes de información que garanticen la actualización de sus contenidos. Las nuevas tecnologías han favorecido la difusión en menor tiempo de la información jurídica.
Otro de los aspectos que caracterizan a la información jurídica es su volumen. Actualmente el volumen de información jurídica disponible es prácticamente incontrolable, por lo que es necesario un proceso de gestión, búsqueda y selección que nos permita acceder a la información deseada en el menor tiempo posible.
Es en esta necesidad de gestión del gran volumen de información y obligatoriedad de controlar la actualización, rigor y exhaustividad de la información jurídica dónde el documentalista juega un papel decisivo. Raramente los profesionales del mundo del derecho pueden permitirse el lujo de dedicar su tiempo a la gestión, búsqueda y selección de los recursos que les permitirán acceder a la información que requieren para el desarrollo de su actividad profesional diaria.
5 Bibliografía
Barriuso Ruiz, Carlos (1999). “¿Estamos jurídicamente preparados para afrontar las nuevas tecnologías de Internet?”. Revista del Colegio de Abogados (Otrosí), núm. 10, p. 60-61.
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España (1978). Constitución española. BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978.
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López-Muñiz Goñi, Miguel (1984). Informática jurídica documental. Madrid: Díaz de Santos.
Manual de documentación jurídica (1998). Editado por Mateo Macià. Madrid: Síntesis.
Martín Galán, Bonifacio (2002). Tratamiento y difusión en Internet de información jurisprudencial mediante tecnologías XML: aplicación al caso del Tribunal Constitucional. Tesis de Doctorado en Biblioteconomía y Documentación, Universidad Carlos III de Madrid.
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Problemas actuales de la documentación jurídica: actas del coloquio internacional celebrado en la Universidad de Sevilla 5 y 6 de marzo de 1986. (1987). Madrid: Tecnos.
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Fecha de recepción: 24/02/2003 Fecha de aceptación: 05/05/2003.
Notas
1 A diario y durante el desarrollo de nuestras funciones como documentalistas en empresas especializadas en el ámbito legal, nos encontramos con una serie de necesidades informativas que encontramos básicamente resueltas en los recursos expuestos a lo largo del artículo. No dudamos que haya otros recursos no citados de destacable calidad, pero que por desconocimiento o por falta de aplicabilidad a nuestro trabajo hemos descartado.
2 Texto extraído de la página <http://www.boe.es>.
3 Enlaces actualizados a 7/05/2003.
4 Enlaces actualizados a 7/05/2003.
5 Como ya hemos comentado con anterioridad, a diario y durante el desarrollo de nuestras funciones como documentalistas en centros de documentación especializados en derecho, nos encontramos con una serie de necesidades informativas que encontramos básicamente resueltas en los recursos expuestos a lo largo del artículo. No dudamos en que habrá materias de mayor relevancia y más novedosas, pero para nosotros las materias presentadas, ya sea por el número de consultas relativas o por el número de recursos relacionados, son las principales.